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Caza · Temporada

Qué papeles necesitas el día de la apertura

La temporada general se abre en octubre en la mayoría de comunidades, y septiembre es el mes de poner los papeles en regla. Estos son los cinco documentos que te pueden pedir en el campo, quién los expide y qué ocurre si te falta alguno.

1. La licencia de caza autonómica

La expide tu comunidad autónoma y es la que te habilita para cazar. Para obtenerla por primera vez hay que superar el examen del cazador, salvo que estés en alguno de los supuestos de exención. Cada comunidad tiene su propio formato, su tasa y su calendario: puedes consultar el de la tuya en la guía del examen del cazador por comunidad.

Si cazas fuera de tu comunidad, mira antes si te compensa la licencia interautonómica, válida en diez comunidades.

2. La licencia de armas D o E

Es un documento distinto y lo expide la Guardia Civil, no tu comunidad. La D ampara las armas largas rayadas para caza mayor y la E las escopetas. Se obtiene tras superar una prueba teórica de 20 preguntas, con un mínimo de 16 aciertos en 20 minutos, y una prueba práctica de manejo. Es válida en toda España y caduca a los cinco años.

Si aún no la tienes, consulta las fechas del examen en tu provincia, que sincronizamos a diario con la publicación de la Guardia Civil.

3. La guía de pertenencia del arma

Acredita que esa escopeta o ese rifle concreto son tuyos. Va ligada al arma, no al cazador: si llevas dos armas, necesitas la guía de cada una. Te lo explicamos en la guía de pertenencia.

4. El seguro obligatorio del cazador

El Real Decreto 63/1994 impone un seguro de responsabilidad civil a todo el que cace con armas. Es anual, así que conviene comprobar la fecha de vencimiento antes de la apertura y no el mismo día. Sin él no puedes cazar legalmente aunque tengas el resto en regla. Tienes el detalle en qué dice la ley sobre el seguro de caza.

5. El DNI y, en coto, el permiso del titular

Los documentos anteriores tienen que corresponder a la persona que los porta. Y si cazas en terreno acotado, necesitas además la autorización del titular del coto: la licencia habilita para cazar, pero no da derecho a hacerlo en cualquier terreno.

Comprueba las fechas de tu comunidad. Los periodos hábiles los fija cada comunidad autónoma en su orden de vedas anual, publicada en su boletín oficial, y cambian por especie, por modalidad y por zona. En DIANA no publicamos calendarios de vedas precisamente porque una fecha equivocada puede costarte una sanción: consulta siempre la orden vigente de tu comunidad y el plan técnico de tu coto.

El orden en que conviene resolverlo

Si empiezas de cero, el cuello de botella es la licencia de armas: depende de las fechas de examen que convoque tu Comandancia, y entre la solicitud y la prueba pueden pasar semanas. El examen del cazador y el seguro se resuelven mucho más rápido. Empieza por mirar cuándo se examina tu provincia y monta el calendario hacia atrás desde ahí.

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Así es el informe que recibes al terminar
Tema VII · Armas de colección4 fallos de 4
Tema II · Categorías de las armas3 fallos de 3
Tema I · Funcionamiento y seguridad1 fallo de 3
Tema IV · Documentación y licencias3/3

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Preguntas frecuentes

¿Qué documentos me pueden pedir cazando?

La licencia de caza de la comunidad autónoma, la licencia de armas D o E expedida por la Guardia Civil, la guía de pertenencia del arma, el seguro de responsabilidad civil del cazador en vigor y el DNI. En cotos, además, el permiso del titular.

¿El seguro de caza es obligatorio?

Sí. El Real Decreto 63/1994 establece el seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador para todo el que practique la caza con armas.

¿Vale la licencia de caza de mi comunidad en otra?

Solo si ambas están adheridas al convenio de licencia interautonómica. Diez comunidades lo están según el BOE de marzo de 2026; el resto exige tramitar su licencia propia.

¿Cuándo abre la temporada general?

Cada comunidad autónoma fija sus fechas en su orden de vedas anual, publicada en el boletín oficial autonómico. Las aperturas generales suelen situarse en octubre, pero varían por territorio y por especie: hay que consultar siempre la orden vigente.