Seguro de caza obligatorio en España
El seguro de responsabilidad civil del cazador es obligatorio por ley en España: lo exige el Real Decreto 63/1994 y sin él no se puede obtener la licencia de caza ni cazar legalmente. Cubre los daños que puedas causar a terceros durante la acción de cazar, con un límite mínimo de 90.151,82 € por víctima. Aquí te explicamos qué es, qué cubre y cómo contratarlo.
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¿Por qué es obligatorio el seguro de caza?
El seguro del cazador está regulado por el Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, que aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria. La norma establece que todo cazador con armas debe estar asegurado durante la acción de cazar, en línea con la Ley de Caza 1/1970.
La consecuencia práctica es clara: no se puede obtener ni renovar la licencia de caza sin acreditar antes la contratación de este seguro, ni se puede practicar la caza sin tenerlo en vigor.
Qué cubre el seguro obligatorio
- ✓Responsabilidad civil por daños corporales a terceros durante la acción de cazar
- ✓Cobertura mínima de 90.151,82 € por víctima
- ✓Daños ocurridos durante los descansos dentro del terreno cinegético
Es importante entender su límite: el seguro obligatorio solo cubre daños a terceros. No cubre tus propios accidentes ni los daños que sufras tú. Para eso existen las coberturas voluntarias.
Coberturas voluntarias: cuándo conviene ampliar
Muchos cazadores amplían el seguro obligatorio con coberturas voluntarias, que se contratan aparte y aumentan la protección. Las más habituales son:
- ✓Accidentes personales o daños propios: gastos médicos e indemnización si sufres un accidente cazando
- ✓Ampliación de la responsabilidad civil por encima del mínimo legal
- ✓Defensa jurídica ante reclamaciones o procesos derivados de la caza
- ✓Cobertura en el extranjero, para quienes cazan fuera de España
Antes del seguro, aprueba tu examen
Para cazar necesitas la licencia de armas, la licencia de caza y el seguro obligatorio. Empieza por lo primero: prepara y aprueba el examen de armas con DIANA.
Cómo sacar la licencia →Seguro de caza y licencia de armas: no los confundas
Para cazar legalmente en España necesitas varias cosas a la vez: la licencia de armas tipo E (para la escopeta), la licencia de caza que expide tu comunidad autónoma, y el seguro de responsabilidad civil del cazador. Son requisitos distintos y complementarios.
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¿Es obligatorio el seguro de caza?
Sí. El seguro de responsabilidad civil del cazador es de suscripción obligatoria según el Real Decreto 63/1994. Todo cazador con armas debe estar asegurado durante la acción de cazar, y no se puede obtener la licencia de caza sin acreditar previamente su contratación.
¿Qué cubre el seguro de caza obligatorio?
El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil por los daños corporales causados a terceros durante la acción de cazar, con un límite mínimo de 90.151,82 euros por víctima. También cubre los daños ocurridos durante los descansos dentro del terreno cinegético.
¿Puedo sacar la licencia de caza sin seguro?
No. El Real Decreto 63/1994 establece que no se puede obtener la licencia de caza sin haber acreditado antes la contratación del seguro de responsabilidad civil del cazador, ni practicar la caza sin tenerlo en vigor.
¿El seguro obligatorio cubre mis propios accidentes?
No. El seguro obligatorio solo cubre los daños a terceros (responsabilidad civil). Para cubrir tus propios accidentes o ampliar las coberturas necesitas contratar, de forma voluntaria, coberturas adicionales como accidentes personales o defensa jurídica.
¿Es lo mismo el seguro de caza que la licencia de armas?
No, son cosas distintas y complementarias. La licencia de armas (tipo E para escopeta) te habilita para tener y usar el arma; el seguro de caza cubre tu responsabilidad civil al cazar. Para cazar legalmente necesitas ambos, además de la licencia de caza autonómica.
Información orientativa basada en el Real Decreto 63/1994, de 21 de enero (Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador). Las coberturas, precios y condiciones concretas dependen de cada aseguradora y pueden variar; esta página no constituye asesoramiento en seguros ni una oferta de contratación. Confirma siempre las condiciones vigentes con la entidad aseguradora o correduría.