¿Es cierto que el particular que desee enajenar un arma tiene que hacer la cesión a persona que posea la licencia, tarjeta o certificado de inutilización correspondiente?
Pregunta oficial del banco de la Guardia Civil para el examen de la licencia de armas tipo D y E (tema III: Circulación, transferencia y revista de armas). Estas son sus opciones, con la respuesta correcta señalada y la explicación del motivo.
- ✓Sí, siempre que sea necesario con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Armas.
- B)Puede enajenarse a cualquiera.
- C)Las armas de fuego no pueden enajenarse.
Respuesta correcta: A) Sí, siempre que sea necesario con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Armas.
Por qué: El particular que enajene un arma debe cederla a quien posea la licencia, tarjeta o certificado de inutilización correspondiente.
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Banco de preguntas de dominio público. Fuente: Dirección General de la Guardia Civil. La explicación es elaboración propia de DIANA. DIANA no es una web oficial de la Guardia Civil ni del Ministerio del Interior. Puedes comprobar nuestro método en la página de metodología.